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Según el D.S. 014-2013-TR, todas las empresas en el Perú están obligadas a someter su SGSST a auditorías periódicas por auditores registrados ante el MTPE (Cada 2 años para empresas de Alto Riesgo – SCTR y cada 3 años para las demás). El incumplimiento
constituye una infracción Grave ante SUNAFIL.


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